Diario Constitucional

Violencia de género.

Pena de cárcel para hombre que arrojó una bolsa de leche en polvo a su pareja durante una discusión, se confirma por la Corte Suprema de Brasil.

No hay razón para aceptar la tesis defensiva de la atipicidad material del hecho porque no existía riesgo para la integridad física de la víctima. En este caso, la materialidad quedó demostrada por el informe policial y la prueba oral recabada bajo el escrutinio del sistema acusatorio, incluida la confesión judicial del acusado.

Por Redacción·20 de marzo de 2024·2 min de lectura
imagen: diariolechero.cl
Referencial

La Corte Suprema de Brasil desestimó el habeas corpus interpuesto por un hombre condenado a 15 días de prisión por la comisión de un delito de violencia doméstica. Dictaminó que la conducta era típica y que el asunto no ameritaba un mayor examen, pues las pruebas habían acreditado el hecho, incluida la confesión del propio hechor.

En 2021, el acusado mantuvo una fuerte discusión con la que en ese entonces era su pareja. En este contexto, arrojó una bolsa de leche en polvo que impactó de lleno en el cuello de la mujer, por lo que fue condenado a una pena privativa de libertad en régimen semiabierto. Si bien se configuró la atenuante de confesión judicial, ya que reconoció los hechos, también operó la agravante de reincidencia, pues contaba con condenas anteriores.

El hombre impugnó el fallo, alegando que no existía constancia sobre alguna afectación relevante o significativa a la integridad física de la víctima, por mínima que sea. Así, adujo la inexistencia de un perjuicio concreto al bien jurídico tutelado por el tipo del delito, por lo que, a su juicio, existía atipicidad penal.

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