Covid-19.
Suspensión de enfermera que criticó al sistema de salud en Facebook durante la pandemia del Covid-19, se declara nula por un tribunal español.
La actora únicamente utilizó sus redes sociales a modo de descargo anímico. Pero hay un hecho que es tan evidente que resulta absolutamente extraño que la Administración haya mantenido los cargos en el caso que nos ocupa. Como señala la demanda, los comentarios realizados por la parte actora en sus redes sociales no revelaron secreto alguno. Tampoco dieron datos falsos, ni proporcionaron información falsa sobre el funcionamiento de los servicios del hospital.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº3 de Alicante (España) acogió la demanda interpuesta por una enfermera que fue sancionada por criticar al sistema de salud pública y denunciar la falta de medios durante la pandemia del Covid-19, a través de una publicación realizada en su cuenta de Facebook. Dictaminó la nulidad de la sanción impuesta al considerar que la conducta de la mujer no afectó la intimidad de los pacientes.
En 2021, la enfermera publicó el siguiente mensaje: “(…) Anoche en un turno en lo que era la planta del Hospital, pero que ya es 100% planta Covid, murieron 2 personas sólo en mi planta por no haber más sitio en UCI y poder intubarlos. Uno de ellos, con alto flujo (paso previo a la intubación) además tuvo la mala suerte de sufrir un infarto masivo, y la suerte de poder ser trasladado un hospital privado por primera vez en esta tercera ola, marcada por la falta de apoyo en el sector privado”.
A causa de la publicación fue sancionada con dos años de suspensión por la comisión de una falta muy grave, al tenor del estatuto que rige al personal de salud, aunque posteriormente fue cesada de su cargo. La autoridad administrativa consideró que su actuar había configurado un quebranto de la reserva debida tanto al hospital como a sus pacientes, al estimar vulnerada su intimidad personal. Contra esta resolución interpuso una demanda en sede judicial.
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