Medidas cautelares.
Tribunal argentino resuelve que los animales son seres sintientes que requieren protección al ser sujetos de derechos, y que su bienestar debe ser tenido en cuenta en los conflictos familiares.
Los animales no humanos, en especial los que han sido domesticados, son seres sintientes, que extrañan, que sufren y que adquieren costumbres, por lo que resulta indudable que el cambio que produce la separación de los cónyuges y la alta conflictividad, los afectará también.

El Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia de Neuquén (Argentina) dictaminó, en el marco de una causa de violencia intrafamiliar, que los animales son seres sintientes que requieren protección y cuidado, especialmente en los contextos de conflictividad doméstica, por ser titulares de derechos.
En la causa en cuestión se recepcionó un informe interdisciplinario que daba cuenta de la conflictividad que existía en una familia en crisis, en la cual se detectó una situación de maltrato psicológico de larga data que afectaba particularmente a los hijos menores de edad. Así, los evaluadores detectaron que la situación de las mascotas familiares (dos perros) generaba tensión entre las partes.
Lo anterior, dado que no existía acuerdo sobre quién debía cuidar a los perros. Esta falta de conciliación había generado episodios de violencia verbal entre los progenitores, en presencia de sus hijos. Tras recibir el informe en sus estrados, el Juzgado resolvió la pertinencia de dictar medidas cautelares para abordar la situación familiar y de las mascotas.
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