Covid-19.
Tribunal Constitucional alemán declara que las medidas de restricción adoptadas por el gobierno para combatir la pandemia son constitucionales.
En su conjunto, las medidas adoptadas sirvieron para la protección de la vida y la salud, así como para el mantenimiento de un sistema de atención médica en funcionamiento como una preocupación primordial del bien común.

El Tribunal Constitucional alemán respaldó el “Freno Federal de Emergencia” decretado por el Gobierno para imponer medidas restrictivas a los ciudadanos con el objeto de enfrentar la tercera ola de la pandemia al calificarlas como compatibles con los preceptos constitucionales. Dentro de las medidas impugnadas se encuentran los límites de contacto entre personas, toque de queda nocturno y cierre de los centros educativos si se superaban los 165 casos durante tres días consecutivos
El Tribunal examinó las medidas sobre la base de los requisitos constitucionales generales aplicables a todas las leyes asociadas con la vulneración de los derechos fundamentales. De acuerdo con esto, al ponderarse el contacto entre personas e incluso las restricciones de salida en el peligro extremo de la pandemia con la gravedad de la situación sanitaria y el inminente colapso de los centros de salud era lógico considerar que las medidas implementadas por el gobierno federal, en uso de su competencia legislativa establecida en el artículo 74, párrafo 1, N° 19 de la ley fundamental como medidas contra las enfermedades transmisibles, son compatibles con la Ley Fundamental; en particular, fueron proporcionadas a pesar del peso del compromiso exigido a la población.
Respecto a las sanciones aplicables a las personas que infringían las restricciones, el Tribunal precisó que al encontrase dentro de un reglamento formal, materialmente constitucional que cumple con los estándares de precisión y claridad en la tipificación de las sanciones, el legislador satisface las exigencia para su vigencia legal.
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