Diario Constitucional

Confesaron sus delitos.

Tribunal español condena a dos hombres extranjeros por favorecer la inmigración ilegal.

No excediendo de seis años la pena pedida de común acuerdo por las partes y dada la conformidad prestada personalmente por los acusados, debe dictarse sin más trámite la sentencia procedente según la calificación mutuamente aceptada por las partes, toda vez que los hechos calificados son constitutivos de delito y la pena solicitada la correspondiente al mismo.

Por Redacción·04 de marzo de 2024·2 min de lectura
imagen: el-carabobeno.com
Referencial

La Audiencia de Bizkaia (España) condenó a dos años de cárcel a dos hombres por el delito de favorecimiento de la inmigración ilegal, con la agravante de poner en riesgo la vida de los migrantes durante los viajes realizados en paupérrimas condiciones. Estimó innecesario exponer sus fundamentos al estimar que los hechos ya habían sido debidamente acreditados, pues los condenados reconocieron su autoría.

Los acusados, dos hombres de nacionalidad albanesa, transportaban a compatriotas que se encontraban de paso en España al Reino Unido en forma clandestina e ilegal. Tras llevarlos a los puertos españoles de Santurtzi y Santander los introducían en ferry y otros tipos de embarcaciones para transportarlos a las islas británicas.

Durante el viaje, los migrantes arriesgaban sus vidas debido al riesgo de morir por asfixia, ya que solían ser encerrados en contenedores durante la travesía. Los acusados realizaban esta tarea con ánimo de lucro pues recibían dinero de los interesados y sus familias, a las cuales contactaban en Albania. Tras ser detenidos, el Ministerio Público solicitó la dictación de una condena en su contra.

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