Diario Constitucional

Enseñanza religiosa

Tribunal español reconoce derecho a enseñanza islámica en escuela pública

Fallo obliga a ofrecer clases de religión musulmana a alumna que lo solicitó. Se vulneró un derecho fundamental al no atender la solicitud de la familia. La Constitución española garantiza la formación religiosa según las convicciones de los padres. La Administración debe ofrecer enseñanza religiosa de confesiones con convenios oficiales. El silencio administrativo ante la petición constituye un "acto presunto" impugnable.

Por Redacción·23 de octubre de 2025·2 min de lectura
Imagen: escuelascatolicas.es
Referencial

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears de España, resolvió que se vulneró el derecho fundamental de una familia musulmana a que su hija reciba enseñanza religiosa islámica en un centro escolar público de Palma.

El fallo estima parcialmente el recurso interpuesto y declara que la menor, para la cual se presentó la solicitud correspondiente, tiene derecho a recibir dicha enseñanza en su centro educativo.

La familia alegó que había solicitado a la autoridad educacional que sus dos hijos fueran inscritos en la asignatura de religión islámica, pero no obtuvo respuesta. Ante ese silencio, entendió vulnerados los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española. En cambio, la Administración defendió su actuación alegando defectos de forma en la presentación de las solicitudes, afirmando que no las había recibido correctamente y que tampoco se habían cursado a través del centro escolar.

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