Indexación de datos en motor de búsqueda de internet.
Vinculación de datos de presunto estafador a sitio web con “funas”, vulnera su derecho a la protección de datos personales, resuelve el Tribunal Constitucional de España.
La información que ofrece el enlace causa un perjuicio considerable al afectado, por ser obsoleta. Además, los autores no aportan documentación que acredite lo que informan, lo que sitúa al afectado en un plano de indefensión.

El Tribunal Constitucional de España acogió el recurso de amparo deducido por un hombre cuya identidad fue asociada a una página web que contiene mensajes injuriosos.
El recurrente solicitó a Google eliminar sus datos personales del motor de búsqueda, puesto que este lo vinculaba con una website que contenía publicaciones calumniosas dirigidas en su contra.
Google rechazó la solicitud argumentando que “(…) las URLs en cuestión están relacionadas con asuntos de interés público. Por ejemplo, estas podrían resultar de interés para potenciales clientes, usuarios o participantes en sus servicios. La información sobre profesiones o negocios en los que usted ha participado recientemente podrían resultar también del interés de sus actuales/potenciales clientes, usuarios o participantes en sus servicios”.
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Comentarios (2)
Reputación Online por lo visto google sacó hace poco la opción de «derecho al olvido» pero es super difícil conseguirla. Terrible noticia para el hombre si de verdad no hizo nada
Derecho al olvido Hace falta una ley de derecho al olvido en Latino América, así como existe en la UE.
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