Recurso de casación en el fondo rechazado.
Comunera debe restituir predio usurpado a su legítimo dueño, resuelve la Corte Suprema.
La dueña del inmueble dedujo acción reivindicatoria para recuperar parte de la propiedad ocupada, la que fue acogida por la magistratura al verificar la privación del dominio. Asimismo, el máximo Tribunal indicó que la demandada no puede desconocer los hechos asentados en el juicio, para invocar nuevos hechos en su recurso de nulidad sustancial.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que confirmó aquella de base que acogió una demanda reivindicatoria y ordenó la restitución del predio en litigio.
La demandante es dueña de un predio de 33,4 hectáreas de superficie ubicado en la comuna de Loncoche. Arguye que la demandada se apropió de un retazo de 1.926,56 metros cuadrados ubicado al interior de los deslindes de su inmueble, lugar en el que construyó una casa y realiza actos de señor y dueño sin serlo en la especie, situación confirmada por el respectivo informe de la CONADI -al tratarse de un predio indígena-; por lo tanto, solicita que se haga lugar a la acción reivindicatoria, ordenando la inmediata restitución de la porción usurpada.
En su defensa, la demandada instó por el rechazo de la acción, fundado en que es comunera del predio quedado al fallecimiento de su padre, por lo que mal se la puede “expulsar” del lugar.
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