Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Conservador de Bienes Raíces no puede interpretar las cláusulas de las escrituras que se le presentan como argumento para negarse a efectuar una inscripción.

El Conservador de Bienes Raíces de Temuco se negó a practicar la inscripción de una escritura de cesión de derechos y usufructo vitalicio, al estimar que la intención de las cedentes era transferir el dominio del inmueble, motivo que las inhabilitaba para constituirse como usufructuarias en el mismo acto.

Por Redacción·10 de marzo de 2023·4 min de lectura
Imagen: ruizsalazar.cl
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que confirmó aquella de base que rechazó un reclamo interpuesto en contra del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad, por negarse a inscribir una escritura pública de cesión de derechos hereditarios.

El 21 de noviembre de 2013, dos hermanas de 86 y 89 años, respectivamente, celebraron con la Congregación de las Hermanitas de los Ancianos Desamparados una cesión de derechos hereditarios, por la cual, las adultas mayores cedían los derechos que poseían respecto de un inmueble en la ciudad de Temuco, reservándose el usufructo perpetuo del bien raíz hasta la muerte de cada una. Al momento de efectuar el acto, ambas hermanas vivían en un hogar de ancianos propiedad de la congregación religiosa.

El Conservador de Bienes Raíces de Temuco rechazó la solicitud de inscripción del acto, al encontrar diversos errores en la escritura, los que luego de ser enmendados pasaron nuevamente a inscripción, esta vez, con las rectificaciones hechas debido a las observaciones del órgano.

Comentarios (4)

  1. Enrique Luarte Veloso

    La Corte Suprema atiende aparte del argumento correcto en derecho, al me as elemental SENTIDO COMÚN

  2. Roger Rabit

    ok nadie entendió

  3. Rubén Moya Koch

    la santa madre iglesia, junta y junta propiedades

    1. Eduardo Roa

      esa propiedad debe ser dividida y cada parte cedida a chilenos sin casa. La iglesia católica ha acumulado muchas, pero muchas propiedades en todo Chile a través del tiempo.

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