Recurso de nulidad acogido.
Control de identidad motivado por la observación de un individuo que sacaba de su mochila una bolsa y luego la introduce nuevamente en ella, para apurar el paso, no se ajustó a derecho.
Si a los policías les pareció sospechoso el objeto que sacó de la mochila, esto no justificaba su actuación subsiguiente, ya que la ley no se conforma con una sospecha, sino que exige un indicio o presunción.

La Corte Suprema acogió recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, que condenó al acusado a 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas.
En su libelo, el condenado sustentó su acción en la causal contemplada en el artículo 373, letra a), del Código Procesal Penal, esto es, en la infracción sustancial, en cualquier etapa del procedimiento o en la sentencia, de derechos o garantías asegurados por la Constitución o por los Tratados Internacionales, en cuanto se han vulnerado las garantías consagradas en el artículo 19 N°3, N°4 y N°7 de la Constitución.
Expresa que mientras los funcionarios policiales se trasladaban en sus motocicletas, divisaron al acusado, que sacó desde el interior de su mochila un elemento envuelto en una bolsa de nylon color negro, la que manipulaba con ambas manos. Seguidamente, al ver la presencia policial demostró un actuar nervioso, comenzando a mover las manos y ocultar rápidamente en su mochila la bolsa, para luego tratar de huir caminando de manera más rápida.
Temas
Te puede interesar

Con voto en contra.
La autoridad policial al hacerse responsable de un vehículo retirado de circulación, puede revisarlo superficialmente, por lo que se ajusta a derecho el hallazgo de especies incautadas en su interior.

Recurso de protección rechazado.
Petición de pago de diferencias de remuneraciones solicitada por funcionaria municipal debe ser conocida en sede administrativa.

Causal de “caso fortuito”.
Corte de Valdivia confirma fallo que ordena a empresa pagar más de mil millones de pesos por concepto de prestaciones laborales adeudadas a 611 trabajadores desvinculados.

