"Sí le asistía a la actora una razón que justificaba ese proceder".
Corte de Santiago acoge demanda de vendedora despedida por retirarse de local para asistir a reunión de apoderados.
El Tribunal de alzada estableció que erró la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, al declarar injustificado el retiro anticipado de la trabajadora, la que solicitó y no obtuvo permiso de su empleadora, la empresa Comercial Fashion’s Park SA.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de nulidad y, en sentencia de reemplazo, dio lugar a la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por trabajadora de tienda de vestuario, quien fue desvinculada por retirarse antes de concluir la jornada laboral para asistir a reunión de apoderados.
La sentencia sostiene que de la disposición transcrita se puede advertir que son tres los requisitos para que pueda considerarse esta modalidad de abandono del trabajo como causal de término del contrato de trabajo. Lo primero es que la salida del trabajador debe ser intempestiva, esto es, producirse en forma abrupta, dentro del horario de la jornada laboral, interrumpiendo el proceso productivo o la actividad determinada; luego, debe ser injustificada, vale decir sin una causa o motivo que justifique esa salida y, en tercer término, la salida debe ser sin permiso del empleador o quien lo represente.
La resolución agrega que, de los hechos constatados en la causa puede inferirse que tanto el primer como el tercer requisito fueron debidamente establecidos, ya que se acreditó que la trabajadora se retiró a las 18:54 horas de su lugar de trabajo antes que concluyera la jornada laboral, fijado para las 21:00 horas, y también que no obtuvo el permiso de su jefa directa para esa salida.
Te puede interesar

"Existe un vínculo contractual con cada consumidor que hubiere aceptado los términos y condiciones".
Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa Cencosud Retail SA a pagar una multa de 40 UTM e indemnizaciones de perjuicios por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores en Cybermonday.

Trato discriminatorio.
Universidad del Bio-Bío debe entregar título profesional a alumno egresado y ejercer las acciones jurisdiccionales respectivas para obtener el pago del arancel adeudado.

Derecho a la intimidad.
Tribunal de Argentina acoge demanda de indemnización de perjuicios deducida contra periodista que atribuyó a funcionario público un romance en programa radial.

