Ley de Urgencia
Corte Suprema confirma multa de 400 UTM por exigir pagaré a paciente con quemaduras graves
Se confirmó la multa de 400 UTM impuesta a la Clínica Sanatorio Alemán por exigir un pagaré a un paciente con quemaduras graves en situación de urgencia, determinando que la atención médica no podía depender de documentos financieros y que la sanción es proporcional y ajustada a la ley, respetando además las garantías de defensa del prestador de salud.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó un recurso de reclamación interpuesto por la Clínica Sanatorio Alemán en contra de una resolución de la Superintendencia de Salud que le impuso una multa de 400 UTM por exigir un pagaré a un paciente en situación de urgencia.
La reclamante expuso que la sanción era improcedente, ya que el paciente no se encontraba en condición de urgencia vital al momento de su ingreso. Sostuvo que se realizó una evaluación previa que determinó que no correspondía activar el beneficio de la Ley de Urgencia antes de solicitar el pagaré.
La Superintendencia de Salud instó por el rechazo de la reclamación, afirmando que la resolución que dispuso la multa fue dictada conforme a la normativa vigente y dentro de sus facultades legales. Indicó que la condición de urgencia del paciente quedó establecida en una resolución previa que no fue impugnada oportunamente por la clínica.
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