Casación en el fondo acogida
Corte Suprema confirma multa de 500 UTM a empresa salmonera por entregar información falsa sobre tratamiento antiparasitario en centro de cultivo
El máximo Tribunal anuló la sentencia que había absuelto a la empresa denunciada, tras determinar que presentó información falsa al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura para obtener autorización de extensión de tratamiento antiparasitario, confirmando la responsabilidad de la compañía conforme al artículo 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que revocó el fallo de base que acogió la denuncia y sancionó a la empresa denunciada.
La causa versa sobre una denuncia por infracción al artículo 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, presentada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura en contra de una empresa salmonera, por haber entregado información falsa acerca del inicio de un tratamiento antiparasitario realizado en noviembre de 2019 en su centro de cultivo «Concheo 2».
El tribunal de primera instancia acogió la denuncia y sancionó a la empresa con una multa de 500 UTM y la suspensión de operaciones del centro por un ciclo productivo.
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