Diario Constitucional

Trato discriminatorio.

CS acogió recurso de protección deducido contra la AFC por negarse a pagar el seguro de cesantía a 30 trabajadores despedidos por la causal de liquidación concursal del empleador.

La liquidación se aceptó mientras los actores estaban afectos a un pacto de suspensión laboral.

Por Redacción·01 de octubre de 2021·4 min de lectura
Imagen: www.elmostrador.cl
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, y acogió el recurso de protección deducido por 30 ex trabajadores en contra de la Administradora de Fondos de Cesantía Chile II S.A. (AFC), por la negativa de pagarles el seguro de cesantía a que tienen derecho.

Los actores expusieron que su empleador les solicitó suscribir el pacto de suspensión laboral conforme la Ley de Protección al Empleo, pero, una vez finalizado el plazo de la suspensión pactada, se les informó que se había acogido la liquidación voluntaria que aquel solicitó en el tiempo intermedio, razón por la que fueron despedidos en virtud de la causal del artículo 163 bis del Código del Trabajo.

En dicho contexto, solicitaron el pago del seguro de cesantía con cargo al fondo colectivo, lo que fue denegado por la recurrida, fundada en que no registraban pagos en los 3 meses anteriores a su despido, lo que -a su juicio- implica exigir un requisito que no está contenido en el artículo 24 Ley N°19.728.

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