No se verifica vulneración.
CS aprobó sentencia consultada que rechazó amparo económico contra Municipalidad.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo económico; decisión que fue aprobada por la Corte Suprema en consulta.

Se dedujo recurso de amparo económico -por parte de un particular- en contra de la Municipalidad de Recoleta y de su Consejo Municipal.
Al respecto, el actor expuso que hace más de 30 años que solicitó y gestionó ante la municipalidad recurrida las patentes N°4-510714 y 2-743095, de alcoholes y bar comercial respectivamente. Expone que, como todos los fines de junio de cada año, el correspondiente al año 2013 se acercó a la dirección de patentes de la I. Municipalidad de Recoleta a fin de efectuar el pago de las patentes señaladas, informándosele que se le comunicaría a través de carta certificada toda situación referente a sus patentes, carta que refiere nunca haberle llegado, hasta que en septiembre concurre nuevamente a la municipalidad a fin de solicitar una explicación al respecto.
Luego, adujo que recibió una carta de fecha 6 de diciembre donde la recurrida le explicaba el fundamento de la caducidad de las patentes consistente en haber sido condenado por un delito de lesiones menos graves, ya que el artículo 4 de la Ley 19.925 establece: “No podrá concederse autorización para la venta de bebidas alcohólicas a las siguientes personas: 3.- Los que hayan sido condenados por crimen o simples delitos”.
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