Con voto en contra.
CS confirmó sentencia que rechazó impugnación fundada en el descuento ordenado por la Municipalidad de Villarrica en las remuneraciones de una profesora.
El descuento se aplicó a todos los profesores que percibieron indebidamente una asignación.

La Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó el recurso de protección deducido por una profesora municipal en contra de la Municipalidad de Villarrica, por ordenar un descuento en sus remuneraciones.
La actora denunció la vulneración de las garantías de igualdad ante la ley, derecho de propiedad y debido proceso, originada por la dictación de la Resolución Exenta por medio de la cual la recurrida ordenó efectuar descuentos en la remuneración de los profesores.
Manifestó que la Municipalidad cuenta con un departamento especializado y profesional que se encarga del cálculo y pago de los sueldos y que, producto de una serie de desórdenes, negligencias u otras causas, de las cuales hasta el momento no existe claridad, ni acto terminal emanado de un tribunal de justicia, la recurrida informó haber sufrido unas pérdidas en su patrimonio equivalentes a $980.000.000, razón por la cual interpuso una demanda civil y una querella por el delito de malversación de caudales públicos. No obstante, casi un año después de haber demandado en juicio ordinario a quienes en su concepto son los responsables del supuesto perjuicio patrimonial, dictó un decreto fijando una tabla de tramos y cuotas a descontar, para efectos de cumplir con el total adeudado de planilla suplementaria según la Ley N°20.903, para luego decretar el acto impugnado.
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