Diario Constitucional

Derecho de propiedad.

CS ordenó devolución de una yegua pura sangre y su cría. El recurrido debe ejercer las acciones tendientes al cobro de la deuda que alega.

El recurrido alegó el no pago de los servicios asociados a la actividad realizada.

Por Redacción·06 de noviembre de 2021·2 min de lectura
Imagen: www.mundoagropecuario.cl
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que desestimó el recurso de protección interpuesto por una empresa cuya yegua fue retenida por el no pago al recurrido de una eventual deuda.

La actora expuso haber llevado 3 yeguas al predio del recurrido para efectos de monta con un potro de su propiedad, pactando un valor de $900.000 por cada yegua que resultare preñada, sin otro valor asociado al servicio. No obstante, al pretender retirar los animales del predio tras establecerse que dos de ellas estaban preñadas, el recurrido exigió el pago de servicios no pactados en el contratado, negándose a devolver a una de las yeguas preñadas, mientras ellos no sean pagados.

El recurrido confirmó haber convenido el servicio por las tres yeguas, manifestando la imposibilidad de hacer entrega del animal que se encuentra en su parcela, por cuanto este pertenece a otra empresa, acompañando al efecto el certificado de inscripción del sistema registral denominado Stud Book Chile, en el cual se inscriben aquellos ejemplares de fina sangre que los habilita para participar en la actividad hípica.

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