Recurso de casación en el fondo rechazado.
Empresa de buses debe reintegrar a la aseguradora el monto que pagó a la familia de una víctima fatal en un accidente de tránsito.
Uno de los buses urbanos de la demandada colisionó a una motocicleta en la que viajaba el fallecido, quien tenía vigente un seguro de vida con la demandante, la cual pagó el monto pactado en la póliza a los familiares de la víctima, e invocó la subrogación legal para perseguir dicho pago en la empresa responsable del accidente.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que hizo lugar a una demanda de responsabilidad extracontractual.
La compañía de seguros demandó a una empresa de buses urbanos, solicitando el pago del monto referido en la póliza de seguros que pagó a la familia de una víctima fatal de un accidente de tránsito ocasionado por un microbús de la demandada.
En su defensa, la empresa de buses aduce que no ha operado la subrogación entre la aseguradora y los beneficiarios de la póliza, ya que el contrato de seguro de vida se agota con el pago a los familiares del fallecido, asumiendo la demandante bajo su cuenta y riesgo el pago de los valores contenidos en la póliza.
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