Recurso de protección acogido.
Gendarmería no puede determinar la procedencia del tiempo mínimo para que un reo postule a la libertad condicional.
Corresponde a los tribunales determinar si el tiempo de pena cumplido por el recurrente lo habilita o no para optar al beneficio, por lo que Gendarmería no puede establecer de forma administrativa la improcedencia de la postulación del actor.

La Corte de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la decisión de Gendarmería de Chile de no incluir al recurrente en la lista de postulantes al beneficio de libertad condicional.
El actor indica que ingresó el 27 de noviembre del año 2008 a cumplir diversas condenas que en conjunto suman 34 años y seis meses.
En abril de 2023, se le informó por personal de Gendarmería que no sería incluido en la lista de postulantes para optar al beneficio de libertad condicional, en atención al artículo 9 del Reglamento de Libertad Condicional, pese a reunir todos los requisitos para gozar de este derecho.
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