Diario Constitucional

Recurso de queja acogido, tutela judicial efectiva.

La magistratura no puede exigir requisitos adicionales a los que la ley contempla para deducir un recurso de apelación.

El máximo Tribunal sostuvo que los ministros recurridos obstruyeron el ejercicio del derecho a tutela judicial efectiva, al declarar inadmisible un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia dictada por un juez de policía local, fundado en que el libelo no posee peticiones concretas, en circunstancias que la ley de procedimiento ante dichos juzgados excluye tal requisito al momento de impugnar un fallo de base.

Por Redacción·24 de abril de 2024·3 min de lectura
imagen: centrocompetencia.com
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La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros integrantes de la Corte de Coyhaique, por dictar la resolución que declaró inadmisible un recurso de apelación presentado por la demandada en contra del fallo de base, dictado por el Juez de Policía Local de la ciudad, que acogió la querella infraccional y demanda civil en causa por vulneración de derechos del consumidor.

La quejosa es una empresa que se dedica a la compra y venta de tecnología que fue demandada por un cliente que compró online y con despacho a domicilio, un MacBook air, producto que acusa llegó con una trizadura en la pantalla que no fue informada por el vendedor al momento de la compra.

El Juez de Policía Local de Coyhaique hizo lugar a la querella infraccional y demanda civil en subsidio, y condenó a la demandada al pago de una multa a beneficio fiscal de 4 UTM, y a pagar a la demandante el monto de $949.990.- a título de indemnización de perjuicios por daño emergente.

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