Diario Constitucional

Recurso de queja acogido.

La magistratura no puede privar a una trabajadora con licencia médica de la posibilidad de acudir a la justica laboral para resolver un litigio.

La demandante presentó diversas licencias médicas por cuadros de estrés generado por el acoso laboral de su jefatura y compañeros, hecho que debe ser discutido ante el tribunal para determinar la responsabilidad de los demandados, en función del principio de tutela judicial efectiva.

Por Redacción·01 de marzo de 2024·3 min de lectura
imagen: .freepik.es
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros integrantes de la Duodécima Sala de la Corte de Santiago, por dictar mediante abuso o falta, la resolución que confirmó aquella de base que declaró la caducidad de la acción de tutela laboral.

La demandante sostuvo que dedujo denuncia de tutela de derechos fundamentales, debido al constante acoso laboral que sufre de parte de su jefatura y compañeros de trabajo, debido a los cambios en los turnos de la jornada laboral del equipo, que acusan, es responsabilidad de la actora debido a un reclamo que presentó en la Inspección del Trabajo.

En tal sentido, producto del constante hostigamiento, la demandante fue diagnosticada con estrés, presentando licencia médica el 28 de diciembre de 2022, siendo la última renovación de aquella el 14 de julio de 2023, un día antes de la presentación de la demanda.

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