Demanda de precario acogida.
La sentencia dejó establecido que la demandada no acreditó la existencia de algún título que la habilite para ocupar la propiedad, hecho que no puede ser modificado en sede de un recurso de casación en el fondo.
El máximo Tribunal no puede modificar los hechos asentados en juicio, a menos que se acredite que se infringieron las leyes reguladoras de la prueba.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma, y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que revocó el fallo de base, y en su lugar acogió una demanda de precario ordenando la inmediata restitución del bien.
Se demandó de precario al ocupante de un inmueble, en base a un título inscrito que acredita el dominio del inmueble a nombre del actor, que alegó que la ocupación es meramente tolerada, por lo que solicita la restitución del sitio.
En su defensa, el demandado indicó que su ocupación obedece a un contrato de promesa celebrado con el padre de la demandante, y que ésta, al ser su heredera, no puede desconocer.
Te puede interesar

Recurso de casación en el fondo rechazado.
El recurso de casación en el fondo no es una instancia, por lo que no procede sobre la base de añadir hechos diferentes a los asentados durante el juicio.

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
Las alegaciones del recurrente no dicen relación con la materia que pretende unificar, ya que intenta incorporar nuevos hechos a aquellos ya asentados, resuelve la Corte Suprema.

Demanda de precario acogida.
Si no se acredita infracción a las leyes reguladoras de la prueba los hechos asentados por los jueces del fondo no pueden modificarse en sede de un recurso de casación en el fondo.

