Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Medida de expulsión a estudiante que apuntó a una compañera con un arma de juguete no es proporcional a la falta cometida.
La circunstancia de haber apuntado con el juguete a una compañera, señalándole arriba las manos carece de la entidad para aplicar al niño la medida de expulsión, pues el niño no llevó un arma al colegio, sino un juguete que tenía tal apariencia.

La Corte de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por una apoderada en favor de su hijo, estudiante de tercero básico, quien fue expulsado de su colegio tras apuntar a una compañera con una pistola de juguete diciéndole “manos arriba”.
La recurrente expuso que, tras el hecho, el niño fue aislado por sus compañeros, sin entender lo que pasaba y sin darle ninguna explicación. En tal contexto el colegio habría iniciado el protocolo de aula segura, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación interna, y se tomó la medida de suspender al alumno.
Hace presente que a los padres nunca se les informó oportunamente que el niño había llevado una pistola de juguete y solo se enteraron cuando se le suspendió.
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