Recurso de protección acogido.
Ministerio del Medio Ambiente debe reponer el grado 5º a funcionaria que fue rebajada al grado 7º en la escala de remuneraciones.
La resolución que degradó a la recurrente carecía de la motivación suficiente -exigida a cada acto administrativo-, brindado a la rebaja de la remuneración una mera apariencia de formalidad y seriedad, por lo tanto, la actora debe ser repuesta en el grado 5º con el debido pago de la diferencia de los montos que dejó de percibir mientras se mantuvo en el grado inferior.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por una funcionaria, en contra del ministerio del Medio Ambiente y la Contraloría General de la República, por la rebaja en el grado de la designación a contrata de la recurrente, y en su lugar, acogió la acción cautelar.
La recurrente sostuvo que la resolución de fecha 9 de septiembre de 2022, emanada del Ministerio de Medio Ambiente, es arbitraria e ilegal, debido a que sin motivación aparente la rebaja del grado 5º al 7º en la Escala Única de Remuneraciones. Añade que reclamó dicha resolución a Contraloría, pero el ente confirmó la rebaja en su remuneración.
Afirma que el acto recurrido vulnera el derecho a integridad psíquica, la igualdad ante la ley, la libertad del trabajo, y el derecho de propiedad; por lo tanto, solicita a la Corte que deje sin efecto la resolución impugnada.
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