Ley N° 19.496.
Multitienda es condenada al pago de una multa e indemnización de perjuicios por no entregar los productos comprados en su sitio web, aduciendo un error en el precio publicado.
En base a la carga dinámica de la prueba, el Tribunal solicitó al proveedor que hiciera entrega de los comprobantes de compra de los bienes adquiridos, bajo apercibimiento de tener por acreditado lo señalado en la denuncia y demanda civil.

La Corte de Temuco confirmó dos sentencias dictadas por el Juzgado de Policía Local de Gorbea, que condenó a Cencosud Retail S.A. al pago de una multa e indemnización de perjuicios, por no entregar las piscinas adquiridas con descuento y retrasar la devolución del dinero pagado, infringiendo así la Ley del Consumidor.
Las consumidoras, que accionaron en causas separadas, señalan haber adquirido varias piscinas con descuento a través de la página web de la multitienda Paris, pero el comercio despachó una menor cantidad de productos que los efectivamente comprados, y los que sí fueron entregados no cumplían con el tamaño publicitado. Debido a esa disconformidad, se intentaron comunicar con el proveedor, no obteniendo respuesta, razón por la cual presentaron reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor, el que emplazó a la multitienda, logrando que esta última se comprometiera a verificar la situación y reembolsar el dinero de las unidades faltantes, lo que en definitiva no se cumplió.
Ambas consumidoras deducen denuncia infraccional, alegando contravención a los artículos 3, 12, 13 y 23 de la Ley N° 19.496, por cuanto el establecimiento comercial no respetó lo ofrecido a través de su sitio web, y no cumplió con los plazos para dar solución al inconveniente, por lo que solicitan se condene a Cencosud al pago del máximo de multas contempladas en el artículo 24 de la Ley del Consumidor y, en el primero de los casos, que se condene al proveedor al pago de una indemnización por la suma de $3.919.930.-, mientras que en el segundo, que se obligue a indemnizar la suma de $5.159.890.-, a título de daño emergente y daño moral.
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Ley N°19.496.
No cumplir con la entrega de los productos comprados en página web del proveedor, ni con la devolución del dinero en los términos acordados, configura una infracción a los derechos de consumidor.

Ley N°19.496.
Es constitutivo de infracción a los derechos de los consumidores no respetar el precio rebajado exhibido, informado o publicitado.

"Existe un vínculo contractual con cada consumidor que hubiere aceptado los términos y condiciones".
Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa Cencosud Retail SA a pagar una multa de 40 UTM e indemnizaciones de perjuicios por infracción a la ley de protección de los derechos de los consumidores en Cybermonday.

