Reclamo de ilegalidad municipal acogido.
Municipio que siguió cobrando patente comercial a una sociedad disuelta a pretexto de no contar oportunamente con el certificado de término de giro del SII, actuó ilegalmente.
Desconociendo el efecto de la fusión de las sociedades, la Municipalidad siguió cobrando patente a la que fue disuelta y que, por ende, no se encontraba ejerciendo actividad alguna que pudiera ser gravada con aquel cobro.

La Corte de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad municipal interpuesto por la Sociedad Inversiones Hermes Limitada en contra de la Municipalidad de Providencia, por la emisión de un Oficio de parte de la Directora de Atención al Contribuyente de ese municipio, que determinó que la sociedad recurrente, como continuadora legal, debía seguir pagando la patente municipal de una sociedad disuelta.
La actora señala que, en junio de 2020, se acordó la fusión por incorporación de la sociedad de inversiones Corralillo SpA con la Sociedad Inversiones Hermes Limitada, asumiendo esta última la calidad de continuadora legal de la primera. Indica que, desde el inicio de actividades ha cumplido con su obligación de pagar la patente comercial y, en simultáneo, inició gestiones para dar de baja o desenrolar la patente de Corralillo SpA.
Con el objeto de obtener autorización para aquel desenrolamiento, se reunió con un funcionario del Departamento Jurídico, el que le aconsejó el reingreso de la solicitud, esta vez acompañando un certificado del Servicio de Impuestos Internos que acreditara la fecha de disolución, lo que finalmente hicieron en marzo de 2021. Sin embargo, mediante Oficio, la Directora de Atención al Contribuyente del municipio recurrido manifestó que se debía pagar de todas formas la patente de la sociedad disuelta respecto del período que media entre julio de 2020 y junio de 2021, sin considerar que en ese período Corralillo SpA ya se encontraba extinta y, por ende, sin explotar su giro.
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