Recurso de nulidad rechazado.
No basta que el acusado colabore al esclarecimiento de los hechos, la norma exige que la misma debe ser sustancial, resuelve Corte de Antofagasta.
Sólo se alega que se prestó declaración, sin entregar alguna información relevante entregada en concreto.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad, que condenó al acusado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.
El recurrente alegó que se falló con error en la aplicación del derecho, ya que el Tribunal no aplicó la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, en circunstancias que el acusado prestó declaración en el juicio renunciando a su derecho a guardar silencio y al principio de inocencia, en cuanto reconoció los hechos a pesar de no saber respecto de cuales hechos tenía conocimiento el investigador, por lo que claramente hubo una colaboración para con el accionar de la justicia.
En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal.
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Recurso de nulidad rechazado.
Ponderar y dictaminar si la colaboración prestada por los acusados puede o no calificarse de sustancial para el esclarecimiento de los hechos investigados, es una decisión privativa de los jueces de la instancia, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de nulidad rechazado.
Declaración de imputado mientras se lo traslada a recinto policial no configura una infracción al debido proceso al no influir sustancialmente en el fallo.

Recurso de nulidad rechazado.
Si el acusado renunció informada y voluntariamente a su derecho a la asistencia letrada al momento de prestar declaración ante la fiscal del Ministerio Público, no puede alegar infracción al debido proceso.

