Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

No basta que el acusado colabore al esclarecimiento de los hechos, la norma exige que la misma debe ser sustancial, resuelve Corte de Antofagasta.

Sólo se alega que se prestó declaración, sin entregar alguna información relevante entregada en concreto.

Por Redacción·22 de noviembre de 2023·3 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad, que condenó al acusado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.

El recurrente alegó que se falló con error en la aplicación del derecho, ya que el Tribunal no aplicó la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, en circunstancias que el acusado prestó declaración en el juicio renunciando a su derecho a guardar silencio y al principio de inocencia, en cuanto reconoció los hechos a pesar de no saber respecto de cuales hechos tenía conocimiento el investigador, por lo que claramente hubo una colaboración para con el accionar de la justicia.

En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal.

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