Dirección del Trabajo.
No existe impedimento para que trabajadores subcontratados mayores de 75 años concurran a prestar servicios si viven y trabajan en comunas que no están en cuarentena.
La consulta fue realizada al ente contralor por Municipalidad de Ñuñoa.

La resolución indica que la Contraloría solicitó un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo en orden a determinar, en el marco de la pandemia que afecta al país, si los dependientes subcontratados, mayores de 75 años de edad, pueden concurrir a laborar en el evento de que el lugar en que se ubica la empresa en que se desempeñan no esté afecto a la medida sanitaria de cuarentena.
Al respecto, expone que mediante el Ordinario N°2710 de 2020, el Servicio se ha pronunciado concluyendo que el trabajador mayor de 75 años que labora y reside en comunas que no se encuentren en cuarentena debe concurrir a prestar sus servicios., fundado en la naturaleza jurídica del contrato de trabajo, cual es un acto jurídico bilateral que genera derechos y obligaciones recíprocas para los contratantes, siendo para el trabajador, la principal de ellas, la realización de los servicios convenidos y, para el empleador, la de pagar por dichos servicios la remuneración que hubieren acordado.
En ese orden de idas, añade que, acorde con la doctrina institucional vigente, las partes no pueden eximirse del cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato de trabajo son por la circunstancia de sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor u otra causa eximente de responsabilidad, precisando, no obstante, que la calificación pertinente debe ser objeto de un análisis particular caso a caso., y que corresponderá a los Tribunales de Justicia resolver, en definitiva, de existir controversia sobre la materia.
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