Recurso de nulidad rechazado.
Olor a marihuana que emana de vehículo controlado y que motiva consulta a sus ocupantes no es una pregunta auto incriminatoria, resuelve la Corte Suprema.
Los agentes efectuaron un control vehicular, momento en que el acusado al ser consultado por el hedor a cannabis que emanaba desde el interior del móvil, reconoció transportar la sustancia y “tener un poco para la venta”, indicio suficiente para el control de identidad y posterior detención del encartado.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condenó al imputado a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades.
El día 13 de noviembre de 2021, alrededor de las 02.00 horas, en la comuna de Villa Alemana, funcionarios de carabineros observaron un automóvil marca Mercedes Benz, que se desplazaba con sus luces apagadas, procediendo a realizar un control vehicular, verificaron que el imputado mantenía debajo de sus pies una bolsa con 74 gramos netos de marihuana y entre sus vestimentas la suma de $200.000.- de diferente denominación, procediendo a su detención y a ponerlo a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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Olor a marihuana es un indicio válido para efectuar un control de identidad a los ocupantes de un vehículo.

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Control vehicular al amparo de la ley N°18.290 y hedor a marihuana son indicios válidos para efectuar registro de vehículo y detener al imputado, resuelve la Corte Suprema.

Fallo dividido.
Control de identidad a chofer de vehículo con vidrios polarizados seguida de su detención al percibir funcionarios policiales un fuerte hedor a marihuana, no es ilegal.

