Recurso de casación rechazado.
¿Qué ha resuelto la Excma. Corte Suprema sobre la procedencia de decretar abandono del procedimiento en caso de que el demandante se demore 1 año en notificar la interlocutoria de prueba?
El demandante accionó contra el Fisco, reclamando el monto de la indemnización provisional consignada en razón de la expropiación de parte de su predio para desarrollar una obra de mejoramiento vial en la ruta que une las localidades de Cólico con Caburga Norte, en la región de La Araucanía.

En días recientes, la Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Ilustrísima Corte de Temuco, que confirmó aquella de base que declaró abandonado el procedimiento.
El demandante accionó contra el Fisco, reclamando el monto de la indemnización provisional consignada en razón de la expropiación de parte de su predio para desarrollar una obra de mejoramiento vial en la ruta que une las localidades de Cólico con Caburga Norte, en la región de La Araucanía.
El 16 de febrero de 2021 se recibió la causa a prueba, interlocutoria que fue notificada al Fisco el 1 de abril de 2022, previo desarchivo de la causa por el actor. El 7 de abril de 2022 el demandado solicitó el abandono del procedimiento, alegando haber transcurrido más de seis meses desde la dictación de tal resolución, sin haber sido notificada a ninguna de las partes.
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