Vía inidónea.
Recurso de protección deducido por el Club de Fútbol Lautaro de Buin por ser excluido del campeonato de Primera B, es desestimado.
Las peticiones del Club deben ser presentadas ante los tribunales pertinentes y no en sede de protección.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que rechazó el recurso de protección deducido por el Club de Fútbol Lautaro de Buin y algunos miembros de su plantel de jugadores, en contra de la Asociación Nacional de Futbol Profesional, por haber suspendido la participación del equipo en el campeonato de Primera B 2021.
Los actores denunciaron que la resolución del tribunal de penalidades de la recurrida, por la cual fue eliminado de participar en el torneo de Primera B, es arbitraria e ilegal, ya que vulneró sus derechos de la igualdad ante la ley, debido proceso y ser juzgado por comisiones especiales, honra, vida privada y propiedad, al haber ganado en competencia el cupo para jugar en el futbol de ascenso; sin contar los perjuicios económicos frutos de los gastos realizados para afrontar la competición, tales como, arriendo de estadios, contratos de jugadores, insumos médicos y de aseo, así como otros dirigidos al correcto funcionamiento de la institución.
Al respecto, la Corte de San Miguel expone que, “(…) el acto recurrido es (…) la decisión de 15 de abril de 2021 de la Segunda Sala del Tribunal de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional que, acogiendo una apelación de la denunciante, dispuso la suspensión preventiva de la participación del club Lautaro Buin en el campeonato de Primera B, hasta que concluya la tramitación de la denuncia de autos”.
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