Diario Constitucional

Unificación de jurisprudencia laboral

Suprema declara inadmisible recurso que buscaba definir cálculo de indemnizaciones con remuneraciones variables

La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la parte demandada en un juicio laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones, al concluir que la sentencia impugnada no contenía un pronunciamiento sustantivo sobre la materia de derecho…

Por Redacción·12 de septiembre de 2026·4 min de lectura
Suprema declara inadmisible recurso que buscaba definir cálculo de indemnizaciones con remuneraciones variables
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La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la parte demandada en un juicio laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones, al concluir que la sentencia impugnada no contenía un pronunciamiento sustantivo sobre la materia de derecho que se pretendía unificar.

El recurso fue deducido en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto contra el fallo que acogió parcialmente la demanda laboral por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, manteniendo así las condenas impuestas por el Juzgado del Trabajo de Antofagasta.

El juicio se inició por la demanda de un trabajador que afirmó haber prestado servicios para la empresa desde 2012 mediante sucesivas contrataciones, primero como jornal, luego como capataz y finalmente como jefe de obra. Sostuvo que esa continuidad configuraba una sola relación laboral y que fue despedido en junio de 2023 por necesidades de la empresa.

El trabajador presentó una acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales y, en subsidio, demandó por despido injustificado, nulidad del despido, horas extraordinarias y devolución de descuentos. El tribunal rechazó la tutela y el daño moral, pero acogió la demanda subsidiaria y declaró que existió una relación laboral continua entre septiembre de 2013 y junio de 2023, calificando el despido como improcedente.

La empresa fue condenada a pagar el recargo legal por despido improcedente, devolver el descuento efectuado por el aporte patronal al Seguro de Cesantía y pagar horas extraordinarias, diferencias en las indemnizaciones por aviso previo y años de servicio, además de feriado proporcional.

También se acogió la nulidad del despido, por lo que la constructora deberá pagar las remuneraciones, cotizaciones previsionales y demás prestaciones devengadas desde el término de la relación laboral hasta su convalidación, además de enterar las cotizaciones correspondientes a las horas extraordinarias adeudadas.

La demandada recurrió de nulidad contra la sentencia, alegando, entre otros puntos, que el tribunal se había pronunciado sobre materias no sometidas a su decisión y que había calculado incorrectamente las indemnizaciones al considerar remuneraciones variables.

La Corte de Antofagasta rechazó el primer argumento, al concluir que la duración de la relación laboral sí había sido discutida por las partes y expresamente fijada como materia de prueba. Por ello, descartó que existiera ultrapetita.

Respecto de la base de cálculo de las indemnizaciones, la empresa sostuvo que debían considerarse los tres meses calendario anteriores al despido y no los últimos tres meses completos trabajados. Sin embargo, la Corte no alcanzó a pronunciarse sobre el fondo de esa discusión.

El tribunal advirtió que el recurso no señaló si las distintas causales de nulidad se invocaban conjunta o subsidiariamente, exigencia obligatoria del Código del Trabajo. Consideró que ese defecto formal era insubsanable y, por tratarse de un recurso de derecho estricto, impedía revisar la controversia jurídica planteada.

En consecuencia, la Corte de Antofagasta rechazó con costas el recurso de nulidad y mantuvo íntegramente la sentencia de primera instancia.

La Corte Suprema recordó que el recurso de unificación de jurisprudencia solo procede cuando existen interpretaciones distintas sobre una misma materia de derecho contenidas en fallos firmes de tribunales superiores. Además, debe presentarse dentro de plazo, estar debidamente fundado y acompañar las sentencias que sustentan la contradicción.

En este caso, la empresa pidió definir cómo debe calcularse la base de las indemnizaciones cuando existen remuneraciones variables: si deben considerarse los tres meses calendario anteriores al despido o los últimos tres meses en que el trabajador haya prestado servicios durante 30 días completos.

Sin embargo, la Corte Suprema advirtió que la Corte de Antofagasta no había resuelto esa cuestión de fondo, ya que rechazó el recurso de nulidad por un defecto formal en la forma en que fueron planteadas sus causales.

El máximo tribunal advirtió así que rechazó el recurso de nulidad lo fue porque la empresa no indicó si sus distintas causales se planteaban de manera conjunta o subsidiaria, exigencia obligatoria del artículo 478 del Código del Trabajo. El tribunal estimó que ese defecto no podía subsanarse ni interpretarse de oficio.

La Corte Suprema concluyó que, al no existir un pronunciamiento de fondo sobre cómo deben considerarse las remuneraciones variables para calcular las indemnizaciones del artículo 172, no era posible realizar la comparación de jurisprudencia necesaria para conocer del recurso de unificación.

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº42.235-2026, Corte de Antofagasta Rol Nº89-2026 (Laboral-Cobranza) y del Juzgado del Trabajo de Antofagasta RUC 2340494524-6, RIT T-563-2023.

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