Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
Vínculo entre enfermera contratada por la crisis sanitaria del Covid-19 y el hospital Carlos Van Buren no se rige por el Código del Trabajo.
La magistratura estimó que el vínculo entre las partes es civil, y los indicios de laboralidad indicados por la demandante corresponden a circunstancias propias de la contratación a honorarios, más aún, si la profesional fue contratada para un cometido específico como era la atención de pacientes enfermos de Covid-19, por lo que estaba en conocimiento que su relación con la administración sería provisoria.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que desestimó el recurso de nulidad interpuesto en contra del fallo de base, que no dio lugar a una demanda declarativa de relación laboral deducida por una enfermera en contra del Servicio de Salud de Valparaíso.
La demandante sostuvo que ingresó a prestar servicios como enfermera al Hospital Carlos Van Buren, el 1 de octubre de 2020, siendo contratada como personal adicional en atención a la crisis sanitaria del Covid-19. Afirma que fue despedida el 9 de agosto de 2021, sin expresión de causa y pese a tener dos semanas de embrazo.
Añade que, durante el tiempo que estuvo en funciones, lo hizo mediante sucesivos contratos de honorarios sin solución de continuidad, debiendo cumplir jornada, horarios, sujeción a un superior, y recibiendo por su trabajo una contraprestación en dinero; por lo tanto, solicita al tribunal que declare la relación como laboral y que acoja la acción de despido injustificado, nulo, y cobro de prestaciones.
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