Conducta inmoral.
Corte de Puerto Montt desestimó impugnación contra sentencia que rechazó acción de tutela laboral con ocasión del despido.
La conducta de la trabajadora transgredió las obligaciones que debía cumplir en razón de la relación laboral.

El fallo indica que el actor se alzó de nulidad, invocando la causal prevista en el inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 7, 154 N°10 y 162 del mismo cuerpo legal, y artículo 19 N°2 de la Constitución.
Agrega que la sentenciadora rechazó la acción de tutela laboral con ocasión del despido intentada por la actora -a través de la cual denunció la vulneración del derecho a la integridad física y psíquica, y del derecho a la honra- y la demanda subsidiaria de despido injustificado, en cuanto tuvo por acreditado que el despido se efectuó en razón de los hechos verificados en la investigación originada por la activación del protocolo por acoso sexual, solicitado por la actora.
Así, prosigue la resolución, el tribunal de base tuvo por acreditado que la actora consumió alcohol durante la jornada laboral, en el contexto de la celebración del día de la mujer, y mostró su brasier a los asistentes, para luego quitárselo y quedar a torso desnudo, siendo fotografiada por, al menos, dos compañeros, estimando que no se incorporaron indicios de la vulneración denunciada y que el presupuesto fáctico configuró la causal de despido prevista en el artículo 160 N°1 del Código del Trabajo.
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