En fallo unánime.
CS confirma fallo que acogió demanda y ordenó a pagar a empresa $15.000.000 por enfermedad profesional de operador de maquinarias.
El máximo Tribunal desestimó el arbitrio, tras constatar que la recurrente no acompañó sentencias de cotejo equiparables a la que impugna, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que acogió parcialmente la demanda de trabajador afectado por cuadro de hipoacusia (pérdida de audición).

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió la demanda y ordenó pagar a la empresa Conpax Maquinarias SpA la suma de $15.000.000 a operador de maquinarias que desarrolló enfermedad profesional.
La sentencia sostiene que, de la lectura de los fallos referidos, se aprecia que el sustrato fáctico que contienen difiere sustancialmente con el acreditado en la presente causa. En efecto, los hechos determinados por el sentenciador del grado dan cuenta que el actor, previo a la declaración realizada por la COMPIN, de fecha 06 de marzo de 2018, únicamente había sido sometido a exámenes ocupacionales por la Mutual de Seguridad, desprendiéndose de ellos que sufre de hipoacusia y fijándosele progresivamente porcentajes de incapacidad, sin señalar cuál es el origen, esto es, común u ocupacional, descartándose, entonces, la posibilidad de contrastarla con los fallos pronunciados por la Corte de Apelaciones de Santiago y de Copiapó.
La resolución agrega que asimismo, en el presente caso, la demandada no interpuso la excepción de finiquito, infiriéndose que, en los hechos, no existió, por lo que la homologación con lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Antofagasta no puede realizarse sin escapar de los márgenes que el presente recurso permite.
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