Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
Declarada la relación laboral es improcedente condenar al Fisco al pago de todas las cotizaciones previsionales si existía cláusula que imponía al funcionario la obligación de pagarlas.
Esto es así para evitar un doble pago injusto en contra del demandado, por lo que las eventuales lagunas previsionales que se registren durante el período que se mantuvo vigente la relación entre las partes, son de exclusiva responsabilidad del trabajador.

La Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto por el Fisco de Chile en contra del fallo de base, que hizo lugar a una demanda declarativa de relación laboral condenando al Fisco al pago de las cotizaciones previsionales de la demandante.
Se accionó en contra del SEREMI regional de Minería de Coquimbo, denunciando tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido, y en subsidio, declaración de la relación laboral existente entre las partes entre el 2 de noviembre de 2017 y el 28 de febrero de 2021.
El tribunal de primera instancia desestimó la tutela laboral, pero hizo lugar a la declaración de relación laboral, condenando al demandado al pago de las indemnizaciones respectivas, recargo legal, remuneraciones adeudadas, y al pago de las cotizaciones previsionales durante el tiempo que se extendió la relación laboral; decisión que fue confirmada por la Corte de La Serena al rechazar el recurso de nulidad deducido por el Fisco.
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