Dictamen
Dirección del Trabajo actualiza criterios sobre servicios mínimos y equipos de emergencia en negociación colectiva
El pronunciamiento establece reglas más claras sobre suspensión del inicio de negociaciones, prórrogas para respuestas sindicales, efectos de la falta de respuesta a propuestas que exceden la calificación de servicios mínimos y procedimiento de revisión de calificaciones. Busca equilibrar la protección de los derechos sindicales con las necesidades operativas de las empresas y asegurar un marco más preciso y justo en la negociación colectiva.

La Dirección del Trabajo emitió el Dictamen N° E68746 de 2025, que analiza y reconsidera diversos aspectos relacionados con la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia en el marco de la negociación colectiva.
El dictamen establece cuatro puntos principales:
- Suspensión del inicio de la negociación colectiva: La suspensión solo procede en el caso específico previsto en el inciso cuarto del artículo 360 del Código del Trabajo.
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