Dirección del Trabajo
Reducción de jornada de trabajo por vacaciones escolares: acuerdo sobre rebaja de remuneración corresponde a sindicatos y empleadores
El dictamen aclara que la DT no puede fijar reglas sobre la rebaja de remuneraciones en acuerdos de reducción de jornada durante las vacaciones escolares. Corresponde a sindicatos y empleadores convenir los términos de estos pactos, respetando la protección de los derechos laborales y la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores.

La Dirección del Trabajo emitió el Ordinario N° 940 de 2025, que analiza la aplicación del artículo 376 inciso final del Código del Trabajo, incorporado por la Ley N°21.645, respecto de la reducción transitoria de la jornada laboral durante el período de vacaciones escolares. El dictamen fue solicitado por el directorio del Sindicato de la Universidad Santo Tomás, ante divergencias surgidas con la empleadora sobre la procedencia de rebajar proporcionalmente las remuneraciones de los trabajadores que acceden a esta prerrogativa legal.
El dictamen establece los siguientes puntos principales:
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