Dirección del Trabajo.
Resulta aplicable el permiso por nacimiento de un hijo al trabajador contratado a tiempo parcial.
Los dependientes tienen derechos a cinco días de permiso pagado.

Se solicitó a la Dirección del Trabajo un pronunciamiento con el fin de determinar la forma en que se ejerce el derecho de permiso paterno por nacimiento de un hijo, establecido en el inciso segundo del artículo 195 del Código del Trabajo.
El actor expuso que desempeña labores de conserje nocturno en jornada parcial, solo los días sábados y domingos, por ello, consulto si, en su caso, los cinco días pueden ser distribuidos en tres fines de semana continuos, es decir, los siguientes tres días sábados y los siguientes dos días domingos al nacimiento, o, de alguna otra forma que le permita estar con su hijo recién nacido.
Al respecto, indica que el artículo 195 inciso segundo del Código del Trabajo establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento.
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