Dictamen.
SUSESO suspende proceso de evaluación de siniestralidad efectiva correspondiente al año 2021.
La decisión se adoptó como consecuencia de los efectos negativos en la salud provocados por la pandemia.

La resolución indica que, a raíz del virus del COVID-19, el Ministerio de Salud dictó el decreto N°4 en febrero de 2020, a través del cual dispuso alerta sanitaria por el período que se señala y otorgó facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).
Por ello, y tomando en consideración que las incapacidades, invalideces y muertes de origen laboral ocurridas durante el año 2020 y el primer semestre del año 2021 -que se encuentran incluidos en el período de evaluación aplicable en el proceso de evaluación de la siniestralidad efectiva que corresponde efectuar el año 2021- derivados de los contagios por COVID-19 y otras patologías asociadas a la pandemia, como por ejemplo, patologías de salud mental que afectan a los trabajadores de la salud, no son representativos de la situación permanente de siniestralidad de las entidades empleadoras y, por lo tanto, dicha circunstancia distorsionará el cálculo de la tasa de cotización adicional por siniestralidad efectiva que deben pagar las entidades empleadoras a partir de enero de 2022, se estimó necesario suspender el proceso de evaluación de la siniestralidad efectiva correspondiente al referido período, manteniéndose, entre enero de 2022 y diciembre de 2023, la tasa de cotización adicional diferenciada por riesgo efectivo que se hubiere determinado durante el Proceso de Evaluación del año 2019, o bien la tasa de cotización adicional por riesgo presunto del DS N°110 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, según corresponda. Al efecto, el DS que suspende la aplicación del referido proceso de evaluación, actualmente se encuentra en el trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República.
Por lo expuesto, instruye la suspensión de todas las actividades relacionadas con el proceso de evaluación establecido en el referido D.S. Nº 67. De esta manera, explica que no será necesario que los organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744 efectúen las diversas acciones de comunicación y difusión contempladas dentro de este proceso.
Comentarios (4)
Roberto Encuentro razonable la medida de suspender la evaluación de siniestralidad efectiva 2021, pero no comparto que todas las empresas deban congelar su evaluación. Si el problema de la actual pandemia afectó la siniestralidad efectiva de algunas empresas, sólo a éstas debiese suspender la evaluación o bien hacerlo sin considerar los casos Covid 19. Considero que esta medida es algo apresurada, ya que hay muchas empresas que hicieron excelentes gestiones en cuanto a seguridad y salud ocupacional y tienen los antecedentes necesarios para acceder a rebajas importantes en la tasa adicional para el periodo 2022 – 2023, por ejemplo, el caso nuestra empresa por primera vez tenemos la oportunidad de bajar 2 tramos y quedar en el 0 como tasa adicional, por lo que la medida adoptada es algo injusta para muchas empresas que tienen el derecho de acceder a rebaja.
Carlos Armando Valderas Torres Encuentro lamentable que se este suspendiendo el proceso de Evaluacion de Siniestralidad Efectiva 2021, en razon de la pandemia. Nuestra empresa no ha tenido episodios de salud ocupacional, salvo un caso de covid, el cual no paso a mayores y se resolvio muy bien. Tuvimos un episodio de accidente ocurrido fuera de nuestra empresa que determino un alza en la tasa de siniestralidad, lo que no ocurre nunca. En estos momentos nos correspondia una baja en la tasa pero con esta medida nos perjudica enormemente ya que somo una pyme, debiese haber investigado a cuales empresas les afectaba los casos covid y seguir con el proceso normal, y con ello no afectando al resto de las empresas que no han tenido problemas
Diego Ignacio Encuentro realmente poco profesional e insensato que suspendan la evaluación completa de siniestralidad efectiva ya que, si bien efectivamente hubieron empresas que se vieron afectadas por la pandemia y dias perdidos por COVID-19, la solución más razonable era suspender la evaluación sólo para esas empresas, ya que muchas otras empresas y sobre todo PYMES no tuvieron mayor efecto en sus días perdidos y podían acceder a la rebaja de cotización por los próximos años, como es nuestro caso… en fin, sólo malas desiciones han tomado!!!!
Marcos Espinoza A todas luces una mala medida, cada empresa afectada debiera presentar sus antecedentes y justificar sus dias perdidos, para el resto poder acceder a sus rebajas ya que trabajaron e invirtieron para mejorar.
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