Integridad electoral y democracia digital
Proyecto de ley busca regular uso de inteligencia artificial y cuentas automatizadas en elecciones y plebiscitos
El proyecto de ley, patrocinado por los diputados Ignacio Achurra, José Montalva, Andrea Parra, Emilia Schneider, Constanza Schonhaut (A), Carolina Tello, César Valenzuela, Gonzalo Winter, Gael Yeomans y Ericka Ñanco, propone regular el uso de inteligencia artificial, contenidos sintéticos y…

El proyecto de ley, patrocinado por los diputados Ignacio Achurra, José Montalva, Andrea Parra, Emilia Schneider, Constanza Schonhaut (A), Carolina Tello, César Valenzuela, Gonzalo Winter, Gael Yeomans y Ericka Ñanco, propone regular el uso de inteligencia artificial, contenidos sintéticos y cuentas automatizadas en elecciones y plebiscitos, mediante nuevas obligaciones de transparencia, prohibiciones y sanciones aplicables a la propaganda electoral digital. La iniciativa busca prevenir prácticas que puedan distorsionar artificialmente la percepción del respaldo ciudadano a candidaturas u opciones políticas, así como la difusión de imágenes, audios o videos manipulados que presenten como reales hechos o declaraciones que nunca ocurrieron.
En sus fundamentos, la moción advierte que las redes sociales se han convertido en espacios fundamentales para el debate público y las campañas electorales, pero también han facilitado la aparición de mecanismos capaces de alterar artificialmente la conversación digital. Entre ellos identifica el denominado comportamiento coordinado no auténtico, consistente en la utilización de múltiples cuentas automatizadas que simulan la participación de usuarios reales para amplificar mensajes e influir en la percepción de la opinión pública.
El texto menciona la existencia de agencias internacionales de comunicaciones que ofrecen servicios de automatización masiva, conocidas como “granjas de bots”, y recoge antecedentes difundidos por medios de comunicación sobre su presunta intervención en el plebiscito de entrada del primer proceso constitucional chileno.
La propuesta también aborda los riesgos asociados a la generación de imágenes, audios y videos mediante inteligencia artificial, particularmente cuando representan a candidatos, autoridades o exautoridades realizando acciones o formulando declaraciones inexistentes. Asimismo, considera la utilización de contenidos artificiales para ilustrar medidas o proyectos que una eventual administración podría implementar.
No obstante, la iniciativa precisa que su finalidad no es prohibir el uso de inteligencia artificial ni establecer un control general sobre la veracidad de los mensajes políticos, sino prevenir la suplantación, el engaño y la amplificación artificial de contenidos que puedan afectar la libre formación de la voluntad electoral.
Como referencia internacional, el proyecto destaca la regulación de Brasil, que exige identificar los contenidos sintéticos utilizados en propaganda electoral, prohíbe determinadas manipulaciones audiovisuales engañosas y contempla sanciones que pueden alcanzar la pérdida de una candidatura o del mandato. Asimismo, cita la normativa de la Unión Europea, que establece obligaciones de transparencia para contenidos generados con inteligencia artificial y publicidad política, junto con restricciones a determinadas formas de segmentación electoral. También recoge iniciativas debatidas en Argentina y México para sancionar o exigir la identificación de contenidos electorales manipulados mediante inteligencia artificial.
La iniciativa busca regular y fiscalizar el uso de herramientas digitales en elecciones y plebiscitos, incluidos los procesos municipales, regionales y primarios. Para ello, define las cuentas automatizadas como aquellas que interactúan mediante programas informáticos sin intervención humana directa en cada acción, y el comportamiento coordinado no auténtico como su utilización conjunta para influir en resultados electorales. Asimismo, considera contenido sintético las imágenes, audios, videos o textos generados o alterados sustancialmente mediante inteligencia artificial que aparenten representar hechos o declaraciones reales, excluyendo las modificaciones menores que no cambien su sentido.
El proyecto propone prohibir la contratación, financiamiento u operación de conjuntos de cuentas automatizadas para realizar propaganda electoral, incluso a través de terceros, excluyendo la difusión coordinada y voluntaria de mensajes por personas sin remuneración. Asimismo, exige que las agencias y prestadores de servicios de propaganda digital presenten una declaración jurada comprometiéndose a no incurrir en estas prácticas, la que deberá incorporarse a la rendición de gastos electorales. Además, obliga a candidatos, partidos y responsables de opciones plebiscitarias a informar al Servicio Electoral los contratos de posicionamiento digital celebrados en su favor durante los doce meses anteriores a la elección, identificando al prestador, los servicios contratados, su monto y vigencia.
El proyecto exige que toda propaganda electoral elaborada o alterada mediante inteligencia artificial incorpore la advertencia “Contenido generado o alterado con inteligencia artificial”, junto con la identificación del emisor. Esta deberá ser visible durante toda la duración de los videos, aparecer en las imágenes o anunciarse al inicio de los audios. Asimismo, prohíbe la creación o difusión de contenidos sintéticos que manipulen acciones, imágenes o voces de personas, cuando puedan inducir a creer que corresponden a hechos o declaraciones reales. Además, establece la obligación de mantener un registro público individualizado de estos contenidos en la rendición de gastos electorales.
La iniciativa contempla multas de 30 a 300 UTM por el uso prohibido de cuentas automatizadas y la difusión de contenidos sintéticos engañosos, y de 10 a 100 UTM por declaraciones falsas, sin perjuicio de eventuales responsabilidades penales. También establece que los gastos asociados a conductas prohibidas no podrán imputarse como gastos electorales y que los prestadores de servicios que presenten declaraciones falsas conforme al artículo 5 quedarán inhabilitados para operar durante los dos procesos electorales siguientes.
El proyecto busca fortalecer la transparencia y fiscalización de la propaganda electoral digital mediante la identificación de contenidos generados con inteligencia artificial, la regulación de cuentas automatizadas y la aplicación de sanciones, con el fin de prevenir la manipulación y el engaño al electorado. Estas medidas forman parte de una iniciativa legislativa y aún no constituyen obligaciones vigentes.
Vea texto moción Boletín N°18.669-06 y siga su tramitaciónaquí.
Temas
Te puede interesar

Participación política y transparencia electoral
Proyecto de ley propone establecer un día nacional para elecciones internas de partidos políticos con fiscalización obligatoria del SERVEL

Desinformación en elecciones 2025
Informe identifica más de 400 casos de desinformación en elecciones presidenciales chilenas de 2025

Fragmentación política en Bolivia
Bolivia 2026: Elecciones subnacionales

