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Imagen: BioBioChile

Ley de transparencia

Corte de Santiago confirma decisión del Consejo para la Transparencia y ordena entregar información sobre inmuebles fiscales disponibles

Rechazó reclamo del Fisco y de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, descartando que la publicidad de los antecedentes afecte la seguridad nacional o el orden público en el contexto de ocupaciones ilegales. La sola invocación genérica de riesgos para el orden público no basta para restringir el principio de publicidad; la afectación debe ser real y acreditada.

22 de febrero de 2026

Comisión para el Mercado Financiero debe entregar información referida a los manuales de evaluación y liquidación de siniestros.

Concejo para la Transparencia.

Comisión para el Mercado Financiero debe entregar información referida a los manuales de evaluación y liquidación de siniestros.

La orden de dar a conocer los criterios de los liquidadores provino del Consejo para la Transparencia, y de concretarse, será la primera vez que los asegurados podrán conocer de forma anticipada los criterios de los liquidadores frente a un siniestro. La CMF buscará revertir el fallo ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

04 de octubre de 2024

Imagen: www.esan.edu.pe

Recurso de queja acogido.

Procedimientos de elaboración de un medicamento están amparados por el secreto industrial, resuelve la Corte Suprema.

El laboratorio fabricante del medicamento “Sertralina”, se opuso a una solicitud de acceso a la información, argumentando que el proceso de elaboración del producto se encuentra protegido por la causal de secreto del Nº2 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, tesis que fue confirmada por el máximo Tribunal al hacer lugar al recurso de queja deducido contra los ministros de la Corte de Santiago que habían desestimado el reclamo de ilegalidad deducido por el laboratorio.

05 de marzo de 2024

Imagen: CNN Chile.

Recurso de queja acogido.

Corporación Cultural de Las Condes está sujeta a la Ley de Transparencia y debe entregar la información que le fue solicitada referida a antecedentes contables y presupuestarios.

Los ministros recurridos hicieron lugar al reclamo de ilegalidad de la Corporación al considerar que no está sujeta a la Ley de Transparencia por ser una corporación de derecho privado, no obstante, el máximo Tribunal estimó que al cumplir un objeto social propio de la función pública -difusión de la cultura y las artes- rige a su respecto la Ley Nº20.285.

31 de agosto de 2023

Imagen: CNN Chile.

Invalidación de oficio.

Servicio de Salud debe notificar a terceros afectados por la solicitud de información referida al otorgamiento de licencias médicas a fin de que se respete el debido proceso y tengan la posibilidad de oponerse.

El máximo Tribunal invalidó de oficio la sentencia recurrida de queja dictada por la Corte de Santiago, que acogió el reclamo de ilegalidad que impidió la entrega de dicha información. Sin embargo, ordenó retrotraer el proceso al estado de notificar a los terceros afectados por solicitud de información inicial.

05 de julio de 2023

el economista ámerica

Recurso de queja acogido.

Información solicitada vulnera los derechos comerciales y económicos de la empresa afectada por lo que el amparo de acceso a la información debió ser rechazado, resuelve la Corte Suprema.

Los ministros recurridos de la Corte de Apelaciones confirmaron la decisión del Consejo para la Transparencia, que ordenó dar a conocer información comercial de la empresa cuya divulgación afecta el desarrollo de su giro comercial y lo pone en una posición de desventaja en el mercado.

13 de junio de 2023

Imagen: elsiglo.cl

Comunicaciones privadas.

Corte de Santiago rechazó reclamo contra decisión de amparo del CPLT, por denegación de información de correos electrónicos intercambiados entre el Ministerio del Interior y Carabineros durante el Estallido Social.

La información requerida reviste el carácter de pública, al tenor del artículo 8 de la Carta Fundamental, pues no revisten la naturaleza de acto o resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° letra a) del Decreto Supremo N° 13 de 2009, del Ministerio General de la Presidencia, Reglamento de la Ley de Transparencia.

04 de abril de 2021