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¿Puede la Tesorería cobrar el Crédito con Aval del Estado como si fuera un impuesto?

Crédito con aval del estado

¿Puede la Tesorería cobrar el Crédito con Aval del Estado como si fuera un impuesto?

Un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia declaró que la Tesorería carece de competencia para cobrar una deuda del Crédito con Aval del Estado mediante el procedimiento previsto en el Código Tributario. El autor sostiene que, por tratarse de un crédito de naturaleza civil, su cobro debe sujetarse a las reglas generales aplicables al juicio ordinario o ejecutivo, cuestión que podría incidir en otros procedimientos similares actualmente en tramitación.

12 de septiembre de 2026

imagen: iwannagrowshop.com

España.

Deuda de suministro eléctrico se generó por el arrendatario que utilizó electricidad para su plantación de marihuana, por lo que no procede su cobro al propietario.

El hecho de que el demandado sea el titular del contrato de suministro eléctrico, no acompañado a la demanda, no determina en su caso que esté obligado a abonar el suministro de energía eléctrica a una plantación ajena a la vivienda propiamente dicha, obtenido dicho suministro mediante la realización de un arranque irregular que no pasa por el contador de luz.

24 de junio de 2023

Acción de jactancia presentada por un deudor del crédito solidario universitario en contra de la USACH se declara improcedente por la Corte Suprema.

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Acción de jactancia presentada por un deudor del crédito solidario universitario en contra de la USACH se declara improcedente por la Corte Suprema.

El demandante acusó al plantel de estudios de jactancia por mantenerlo como moroso en DICOM, sin poder argumentar ante el tribunal la carencia de respaldo jurídico del supuesto jactancioso, ya que en todo momento reconoce la deuda contraída en favor del demandado por un crédito de estudios solicitado en 2004, el cual estima como prescrito.

20 de abril de 2023

El tribunal no puede imponer a la acusada una pena mayor a la solicitada por el Ministerio Público.

Recurso de casación en el fondo rechazado.

El acreedor expresó su voluntad de acelerar el cobro al interponer la demanda, por lo que sólo las cuotas vencidas que excedan el plazo de un año contado desde tal acto y la notificación al ejecutado pueden ser declaradas prescritas.

La cláusula de aceleración está redactada en términos facultativos por lo que pervive la ejecución de aquellas parcialidades inferiores al año de plazo previsto en el artículo 98 de la Ley N°19.092.

12 de enero de 2023