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#Ley N°21.234

df.cl

Protección al Consumidor

Corte de Santiago confirma sanción a banco por operaciones fraudulentas por más de $15 millones y reduce multa a 20 UTM

El tribunal de alzada confirmó la responsabilidad del banco al acreditarse que se cursó un crédito por más de $15 millones sin autorización del cliente, permitiendo transferencias inusuales. Sin embargo, estimó excesiva la sanción y rebajó la multa a 20 UTM, manteniendo lo demás del fallo, con voto en contra que cuestionó la responsabilidad conforme a la normativa vigente a la época.

26 de marzo de 2026

df.cl

Ley N°21.234

Corte Suprema ordena a Hites tramitar reclamo por fraudes con tarjeta de crédito tras descartar caducidad

El máximo Tribunal revocó la sentencia de la Corte de Concepción y determinó que Empresas Hites S.A. vulneró el derecho de propiedad del consumidor al negarse a tramitar el reclamo por compras fraudulentas, sin haber probado el envío del estado de cuenta donde figuraban las operaciones cuestionadas. La Corte estableció que, en ausencia de dicha notificación, no podía invocarse la caducidad prevista en la Ley N°21.234.

23 de octubre de 2025

ecommercenews.pe

Recurso de protección acogido en alzada.

Banco Estado incumplió normativa sobre fraudes y debe restituir suma sustraída mediante el uso fraudulento de tarjeta de crédito de una usuaria, puesto que no acreditó culpa grave ni dolo de la afectada, resuelve la Corte Suprema.

La Ley N° 21.234 establece que la institución financiera debe recibir y procesar reclamos sobre operaciones no autorizadas realizadas en los 120 días previos al aviso, y cuyo plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde que el usuario toma conocimiento de dichas operaciones. La institución debe cancelar o restituir los fondos correspondientes dentro de 5 días hábiles para montos iguales o inferiores a 35 UF, y dentro de 7 días adicionales para montos superiores, salvo que pueda probar dolo o culpa grave del usuario.

17 de septiembre de 2024