Con votos en contra.
Apartándose de precedentes previos Tribunal Constitucional rechaza inaplicabilidad de norma que permite al Ministerio Público no perseverar en el procedimiento penal sin previa formalización.
No se advierte vulneración al derecho a la acción penal y al debido proceso en los términos denunciados por el requirente.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal.
El precepto legal citado establece:
“Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la investigación y podrá, dentro de los diez días siguientes:
Temas
Te puede interesar

Código Procesal Penal.
Normas que condicionan la continuidad de la persecución penal por la víctima a la formalización de la investigación, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

Código Procesal Penal.
Normas que permiten al Ministerio Público no perseverar en el procedimiento penal sin previa formalización, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

Código Procesal Penal.
Normas que condicionan la posibilidad de continuar la persecución penal por parte de la víctima a la formalización de la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

