Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Corte de San Miguel requiere el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en relación a norma que prohíbe sustituir la pena privativa de libertad respecto de quienes cometieron un delito de la Ley de control de Armas.

Sostiene que la norma legal objetada podría infringir la igualdad ante la ley, el derecho a un procedimiento racional y justo, el principio de proporcionalidad, desde que a diferencia de quienes fueron condenados por un delito de mayor gravedad, a los condenados por los delitos previstos en los artículos 2 letra c) y 3 de la Ley de control de Armas, no se les puede aplicar una pena sustitutiva.

Por Redacción·04 de marzo de 2024·3 min de lectura
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Referencial

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 1, inciso segundo, de la Ley N°18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 1.- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas:(…).

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