Inaplicabilidad rechazada por unanimidad.
Norma que establece que son inapelables las resoluciones dictadas por un tribunal de juicio oral en lo penal, no produce resultados contrarios a la Constitución.
El requirente alegó que la norma impugnada infringe la igualdad ante la ley y el derecho al recurso al no permitirle apelar de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal que lo absolvió en aquella parte en que no condenó al Ministerio Público al pago de las costas.

Por unanimidad el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 364 del Código Procesal Penal.
El precepto legal impugnado establece:
“Resoluciones inapelables. Serán inapelables las resoluciones dictadas por un tribunal de juicio oral en lo penal.”
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