Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
Norma que faculta llamar a retiro temporal a funcionario de Gendarmería de Chile, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se aplica la norma de forma arbitraria vulnerando su igualdad ante la ley, el debido proceso, la dignidad humana, entre otras garantías constitucionales.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 109, letra e), del D.F.L. N° 2, de 1968, correspondiente al Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
El precepto legal citado establece:
“Serán comprendidos, en el retiro temporal, los Oficiales y Personal Civil de Nombramiento Supremo que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
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Normas que facultan a decretar el retiro temporal de funcionarios de Carabineros de Chile por razones disciplinarias, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

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