Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.
Norma que impide a la defensa apelar al auto de apertura del juicio oral en materia penal, será examinada por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
El requirente sostiene que tal limitación recursiva no tiene fundamento razonable y vulnera sus garantías de igualdad ante la ley y al debido proceso.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible, parcialmente, un requerimiento de inaplicabilidad que impugna las frases “cuando lo interpusiere el Ministerio Público” y “de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del articulo precedente”, contenidas en el artículo 277 del Código Procesal Penal.
El precepto legal citado establece:
“Auto de apertura del juicio oral. Al término de la audiencia, el juez de garantía dictará el auto de apertura del juicio oral. Esta resolución deberá indicar:
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Con voto en contra.
Norma que establece que el auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurso de apelación cuando lo interpusiere el Ministerio Público por exclusión de pruebas, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.

Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma sobre apelación del auto de apertura de juicio oral

Control preventivo y obligatorio.
Proyecto de ley sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos, será examinado por el Tribunal Constitucional.

