Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que facultan al CNTV a sancionar con multa a empresas televisivas que trasmitan contenido en horario de protección de menores, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Se alega que, si bien existe un deber legal de garantizar la protección de NNA respecto de los contenidos televisivos, la sanción y castigo por contenidos en señales abiertas o satelitales es absolutamente ineficaz frente a la difusión y disponibilidad de una serie de contenidos en internet que podrían, inclusive con mayor fuerza, vulnerar las normas respecto de las cuales no hay ninguna herramienta posible de control.

Por Redacción·12 de diciembre de 2023·4 min de lectura
Normas que facultan al CNTV a sancionar con multa a empresas televisivas que trasmitan contenido en horario de protección de menores, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 33 N°2 y 34, inciso primero, de la Ley 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión.

Los preceptos legales impugnados señalan:

“Artículo 33.- Las infracciones a las normas de la presente ley y a las que el Consejo dicte en uso de las facultades que se le conceden, serán sancionadas, según la gravedad de la infracción, con:

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